MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EXPLICA REQUISITOS Y TRASMITES QUE DEBE REALIZAR UNA PERSONA CON DOBLE NACIONALIDAD.
MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EXPLICA REQUISITOS Y TRASMITES QUE
DEBE REALIZAR UNA PERSONA CON DOBLE NACIONALIDAD.
Fátima Cerda, asesora legal de la Migración y Extranjería,
explicó en un medio de comunicación oficial del gobierno de Nicaragua, los
requisitos y trámites que debe realizar una persona con doble nacionalidad, ya
sea menor o adulto.
Un nicaragüense nacionalizado en el exterior según la
constitución política de Nicaragua en su artículo 20, refiere que este no
pierde su condición de ciudadano nicaragüense.
"Nuestra Ley 761 en su artículo 84 establece que todo
nicaragüense que ingrese al territorio nacional nacionalizado en otro país
podrá estar en Nicaragua con el documento que ingresó (extranjero) por un
periodo de noventa días".
Si se pasara de los noventa días esa persona tendría que
salir del país con el pasaporte nicaragüense.
Aclaró que "no requieren visa, permiso, ni ninguna hoja
para que puedan ingresar al país, ya que pueden ingresar con el documento de la
nacionalidad adquirida o con el pasaporte de nicaragüense siempre y cuando
reúna los requisitos de ley".
En cuanto a los niños nacidos en el exterior, igual podrán
estar dentro de un término de noventa días en el país, si se pasaran de ese
tiempo, tendrán que tener visa de salida de menor de edad y pasaporte
nicaragüense.
"Si uno de los padres se encuentra en el exterior,
tienen que hacer un movimiento migratorio del padre ausente y si uno de los
padres ha fallecido el que realiza el trámite debe traer acta de
defunción", concluyó.
ARCHIVOS: RADIO MANANTIAL 102.5 FM
EDICIÓN: VIRGILIO DIAZ.
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