MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EXPLICA REQUISITOS Y TRASMITES QUE DEBE REALIZAR UNA PERSONA CON DOBLE NACIONALIDAD.


MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EXPLICA REQUISITOS Y TRASMITES QUE DEBE REALIZAR UNA PERSONA CON DOBLE NACIONALIDAD. 
Fátima Cerda, asesora legal de la Migración y Extranjería, explicó en un medio de comunicación oficial del gobierno de Nicaragua, los requisitos y trámites que debe realizar una persona con doble nacionalidad, ya sea menor o adulto.


Un nicaragüense nacionalizado en el exterior según la constitución política de Nicaragua en su artículo 20, refiere que este no pierde su condición de ciudadano nicaragüense.

"Nuestra Ley 761 en su artículo 84 establece que todo nicaragüense que ingrese al territorio nacional nacionalizado en otro país podrá estar en Nicaragua con el documento que ingresó (extranjero) por un periodo de noventa días".

Si se pasara de los noventa días esa persona tendría que salir del país con el pasaporte nicaragüense.

Aclaró que "no requieren visa, permiso, ni ninguna hoja para que puedan ingresar al país, ya que pueden ingresar con el documento de la nacionalidad adquirida o con el pasaporte de nicaragüense siempre y cuando reúna los requisitos de ley".

En cuanto a los niños nacidos en el exterior, igual podrán estar dentro de un término de noventa días en el país, si se pasaran de ese tiempo, tendrán que tener visa de salida de menor de edad y pasaporte nicaragüense.

"Si uno de los padres se encuentra en el exterior, tienen que hacer un movimiento migratorio del padre ausente y si uno de los padres ha fallecido el que realiza el trámite debe traer acta de defunción", concluyó.

ARCHIVOS: RADIO MANANTIAL 102.5 FM
EDICIÓN: VIRGILIO DIAZ. 




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