ECONOMÍA NACIONAL


IMPUESTOS DE GRANDES, MEDIANAS Y PEQUEÑAS EMPRESAS MÁS CAROS EN NICARAGUA.
La mañana de este Lunes, la Asamblea Nacional de Nicaragua recibió una propuesta de Ley de reforma a la Ley de concertación tributaria, la cual supone un incremento a los impuestos de las grandes y medianas empresas, así como un aumento tributario a las bebidas alcohólicas, azucaradas y a los cigarrillos.


Según el documento presentado por el ministro de Hacienda Iván Acosta, la medida se hace necesaria en "la necesidad de proteger los derechos alcanzados por centenares de miles de familias a través de la Seguridad Social y hacer más efectivas y eficientes las recaudaciones para proteger el empleo, el trabajo y el bienestar social de los nicaragüenses".

"Esta protección social la lograremos ahorrando e impulsando una justa reforma tributaria que tiene como finalidad la captación de recursos que permitan garantizar la adquisición de bienes y prestación de servicios básicos para nuestro pueblo", señala la propuesta que presenta el ministro Acosta esta mañana ante el Parlamento.

Entre las medidas tributarias que permitirán lograr los objetivos del gobierno de Nicaragua destacan las siguientes:

1.- Pasar del 1% al 2 y 3% el pago mínimo definitivo de las empresas más grandes.

"Esta medida persigue incrementar las retenciones mensuales a cuenta del Impuesto sobre la Renta que pagan las empresas más grandes de nuestro país, manteniendo el mismo anticipo de un 1% a la Micro y Pequeña Empresa, y a la gran mayoría de la empresas medianas; incrementando al 2% a las Empresas Medianas de mayor renta y llevando al 3% de anticipo solo a las empresas consideradas como Grandes Contribuyentes (aproximadamente 400)", señala el anteproyecto de ley.

La propuesta agrega que "de esta forma logramos una captación importante de recursos tributarios sin afectar a la gran cantidad de Pymes que operan en nuestro país, que además de ser la gran mayoría son las principales fuentes de empleo formal y ocupación.
2.- Incremento del ISC (Impuesto Selectivo de Consumo) a los productos de la industria fiscal.

"Se propone un incremento a productos tales como el cigarrillo y otros productos del tabaco, a las bebidas alcohólica, bebidas azucaradas y energizantes, y otras mercancías suntuarias, contaminantes o de muy bajo valor nutricional", señala la iniciativa de ley.

Esta medida, además de proveer importantes recursos a la recaudación, grava productos que son perjudiciales a la salud de nuestra población y al medio ambiente, justifica la propuesta de ley.
3.- Gravar con IVA algunos productos industrializados.

"Se determinó la necesidad de gravar con el IVA a algunos productos de consumo que pasan por proceso industrial. Sin embargo es importante destacar que la gran mayoría de productos esenciales contenidos en la canasta básica se mantienen exentos de todo tributo con el fin de garantizar que nuestra población los continúe adquiriendo a precio accesible", argumenta el Ministerio de Hacienda.

Los productos que se mantienen exentos y no pagan Impuesto al Valor Agregado (IVA) son: Arroz, frijoles, azúcar, aceite, sal, posta de res y vísceras, caracú, carne con hueso, carne molida corriente, carne molida especial, cecina, costilla alta y costilla de orilla, mano de piedra y otros cortes de carne de res, pecho, punta de cacho, punta salón, salón blanco, trasera de cecina, carne de pollo, alas de pollo, carne molida de pollo, muslos de pollo, piernas de pollo, chincaca y vísceras de pollo, pollo en piezas, pollo entero, posta de cerdo, costilla de cerdo, otros cortes de carne de cerdo, paleta, pierna entera y tocino, leche íntegra, leche líquida, huevos, queso seco, tomate, cebolla, chiltoma, papas, banano maduro, plátano verde, tortilla, pan, pinolillo, gas butano en envase de hasta 25 libras, luz eléctrica de consumo del hogar hasta 300 kw/h, agua y transporte.

El documento agrega que "es importante destacar que a todos los compradores de los bienes de consumo en los mercados populares del país no se les cobra IVA ni ningún otro tipo de impuesto.

4.- Se incrementa el Impuesto a los Casinos y Salas de Juego.

"Es de todos conocido que este tipo de industria es legal y tolerada, mas no promovida por el Estado nicaragüense. Asi mismo se ha observado un comportamiento positivo en cuanto a su desarrollo en nuestro País, por lo que se determina que tal actividad es susceptible de aportar más a la recaudación, máxime en momentos como los actuales", justifica el documento del Ministerio de Hacienda.

5.- Se mantienen bajo listas taxativas revisables periódicamente la exención del IVA a los bienes destinados a la producción agropecuaria.

"Los productos agropecuarios producidos en nuestro país son los principales bienes de nuestra canasta exportadora, generan importantes divisas para nuestra Economía y son la base del consumo doméstico y popular. Es por tal motivo y ante la necesidad de promover y fomentar la producción nacional, la productividad y la competitividad de nuestro sector agropecuario, que se ha decidido mantener esa protección especial a este sector para beneficio de nuestro pueblo consumidor", señala el documento presentado por el ministro Acosta.

6.- "Con esta reforma no se están creando nuevos tributos o gravámenes especiales. Se considera que con la revisión, ajuste y actualización de los tributos existentes se logra el objetivo de canalizar recursos importantes para continuar desarrollando los programas y proyectos que permitan el acceso a un mejor nivel de bienestar para las familias nicaragüenses", plantea el documento de propuesta de ley que se discute esta mañana en el parlamento.

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